El fallo de segunda instancia, adoptado por mayoría en la Primera Sala de la Capital, concluyó que la causa no prescribió, rechazando de este modo la extinción de la acción penal.

El camarista Paublino Escobar argumentó que los plazos procesales se vieron interrumpidos de forma objetiva debido a la interposición de múltiples recursos por parte de las partes.

De acuerdo con el magistrado Escobar, el expediente en soporte físico permaneció inactivo durante más de cinco años debido a varias chicanas presentadas en el marco del proceso.

Para la Cámara, dicho impedimento constituyó una traba objetivamente insuperable que impidió el avance regular de las actuaciones judiciales en el período evaluado.

Con esta resolución, el expediente retorna a la etapa intermedia, donde el juez de garantías interviniente deberá fijar la fecha para la audiencia en la que se debatirá si el senador Rafael Filizzola será juzgado en un debate oral y público.

El caso corresponde a un presunto esquema de lesión de confianza que data del año 2010, periodo en el que Filizzola ejercía como ministro del Interior. La Fiscalía apunta a que se autorizó un llamado licitatorio y el posterior desembolso total de los fondos públicos sin contar con estudios técnicos previos ni con las actas de recepción final de las obras, las cuales consistían en la modernización y edificación de celdas y baños en 24 sedes policiales del área Metropolitana.

Las obras quedaron inconclusas a pesar de haberse transferido el saldo completo a la firma contratista. Esta maniobra administrativa habría ocasionado un perjuicio patrimonial directo al Estado paraguayo de aproximadamente 1.200 millones de guaraníes.