El artículo 195 del Código Electoral estipula la obligatoriedad de suspender la comercialización de alcohol exactamente 12 horas antes del inicio de los comicios, norma que desde este sábado abarca a todo el territorio nacional.

La restricción afecta a la totalidad de los establecimientos comerciales, incluyendo supermercados, hipermercados y tiendas de conveniencia de atención continuada, así como a depósitos de bebidas, bodegas, despensas de barrio, bares, restaurantes, discotecas y pubs.

Aunque los supermercados y comercios afines continúan operando en sus horarios habituales para el abastecimiento de alimentos y productos básicos, las áreas destinadas a la venta de bebidas alcohólicas deben permanecer totalmente bloqueadas o precintadas.

Los comerciantes que violen la veda se exponen a sanciones económicas, con multas que oscilan entre los 50 y 200 jornales mínimos, por lo que la Policía Nacional junto con fiscalizadores despliegan estrictos controles aleatorios en los distintos municipios.

Las autoridades aclararon que la normativa no restringe el consumo dentro de las casas siempre que las bebidas hayan sido adquiridas con anterioridad, si bien la Policía intervendrá ante cualquier caso de amotinamiento, disturbio o ruido molesto que altere la paz social.

Junto a la prohibición comercial de alcohol, se mantiene plenamente activa la veda para realizar cualquier acto de propaganda política o proselitismo, restricción que rige desde la medianoche del viernes pasado.

Además, se encuentra prohibida la realización de espectáculos públicos, eventos masivos o conciertos durante la jornada dominical y hasta dos horas después de finalizado el escrutinio en las mesas de votación.

La Policía custodia los locales de votación para hacer cumplir el perímetro de seguridad, prohibiendo la aglomeración de personas, la portación de armas o la instalación de mesas partidarias a menos de 200 metros de los colegios electorales.