Asimismo, los trabajadores que hayan sido designados para cumplir funciones electorales deben contar con las facilidades laborales correspondientes para desempeñar dicha responsabilidad. El empleador no debe exigir la prestación habitual de tareas cuando esta resulte incompatible con el cumplimiento de las funciones asignadas durante los comicios.
El MTESS advierte además que no corresponde realizar ni anunciar descuentos de salario como consecuencia del ejercicio de estos derechos. Las disposiciones laborales vinculadas a la jornada electoral buscan asegurar que las obligaciones de trabajo no constituyan un impedimento para la participación ciudadana.
Ante situaciones de incumplimiento, impedimentos para acudir a votar, descuentos salariales o inconvenientes relacionados con el cumplimiento de funciones electorales, el Ministerio estará brindando orientación y recibiendo denuncias a través del WhatsApp (0993) 308 100.
El MTESS insta a los empleadores a facilitar el ejercicio de los derechos electorales de sus trabajadores y recuerda que ejercer el derecho al voto no debe significar perder salario ni exponerse a represalias laborales.
