El proyecto de ley rechazado pretendía simplificar la recepción de camiones hidrantes, unidades de rescate y otros equipos esenciales provenientes del exterior.

La exposición de motivos de la iniciativa destacaba la labor vital de los bomberos en la atención de incendios y desastres naturales, así como sus limitaciones financieras para afrontar los costos aduaneros y burocráticos que habitualmente retrasan o encarecen el ingreso de las donaciones al territorio nacional.

Aunque los promotores de la propuesta reconocían la existencia de legislación previa sobre el tema, argumentaban que los trámites administrativos en la práctica impedían la aplicación efectiva de los beneficios. Por tal motivo, planteaban un nuevo marco normativo para asegurar un proceso de importación más ágil y libre de cargas fiscales para las entidades de socorro.

Por su parte, la Presidencia justificó la objeción total basándose en el principio de redundancia normativa, sustentado en informes técnicos del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios.

El Ejecutivo sostuvo que la normativa actual, especialmente a través de la Ley Nº 6762/2021, ya contempla la liberación de derechos aduaneros, tasas e impuestos para la importación de vehículos de bomberos, con un nivel de precisión técnica adecuado que hace innecesaria la promulgación de una nueva ley.