En el punto nueve del orden del día de la sesión ordinaria, aparece el proyecto que sanciona el desacato de un pedido de informe del Poder Legislativo.

El artículo primero estipula que, el que incumpliere un pedido de informe remitido por cualquiera de las cámaras del Congreso, en virtud del artículo 192 de la Constitución Nacional, será castigado con una pena privativa de libertad de seis meses a dos años o multa.

La sanción también incluye a los pedidos que se formulen por las comisiones de ambas cámaras, en virtud del artículo 186 de la Carta Magna.

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Además, si el autor cometiera el hecho, incluso ante la reiteración del pedido, la pena será aumentada hasta cinco años de cárcel.

Posteriormente, la Cámara ante la que se haya incumplido el pedido, informará el hecho a la Fiscalía Penal de Turno para el inicio del procesamiento.

Al respecto, el senador Hugo Richer explicó que, solamente en la Cámara Alta, existen 80 pedidos de informe sin responder. “Resulta que esto impide trabajar, porque si solicitás datos es porque necesitás esto para un proyecto o para lo que sea”, comentó Richer, en entrevista con radio Uno.

Indicó que hay dos versiones, una de Diputados, que establece solamente la digitalización de los documentos, sin embargo, existe una propuesta de modificación, que es la de incorporar el desacato.

Otra opción es ampliar la ley vigente de desacato e incluir en ella a los pedidos de informe del Poder Legislativo.

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