El titular del Congreso, Silvio Ovelar, recurrió a tres asesores para saber de qué manera proceder ante el juramento pendiente del senador Rafael Esquivel, quien no pudo asistir a la ceremonia por estar preso por abuso sexual infantil, invasión y otros delitos.
El dictamen de Marcos Khon Gallardo concluye que, las cuestiones a ser debatidas en esta instancia son propias la Cámara de Senadores, ya que, cualquier debate sobre la titularidad sobre los derechos del senador electo y proclamado se encuentran perimidas.
Respecto a una posible exclusión, no puede ser resuelta por la Mesa Directiva, por tratarse de aspectos atinentes al cuerpo legislativo. Agrega que existe una colisión normativa en el artículo 223 de la Constitución Nacional y el 8° del reglamento interno, en cuanto a la necesidad de que el Senado debe funcionar con 45 miembros titulares, por tanto, la falta de incorporación nunca podrá ser planteada sine die.
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Es atribución del pleno juzgar la causa esgrimida y aceptarla o rechazarla, por esto, deberá intimar al peticionante a que se presente en 30 días, conforme al reglamento interno.
En cuanto a Claudio Lovera, el dictamen señala que, si luego de 15 días posteriores al acto no se presenta a jurar por causa injustificada, se le notificará por escrito que se le dará otro plazo de 30 días, con la advertencia de que, si no acude, quedará excluido. Si la causa se considera injustificada, puede hacerlo posteriormente.
En tanto, Emilio Camacho sostiene que el presidente del Congreso tiene la potestad de conceder un nuevo plazo de 30 días de conformidad al reglamento. Las inmunidades corresponden a cada cámara, que tiene atribuciones plenas para resolver por sí mismas.
“Todos coinciden en que es el pleno el que debe resolver”, expresó Silvio Ovelar para redondear y cerrar la idea.
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