Los diputados se ratificaron en el texto inicial del Proyecto de Ley, “Que modifica el Artículo 88 de la Ley N° 6380/2019 de modernización y simplificación del Sistema Tributario Nacional (IVA Crédito)”.

Cabe mencionar que el artículo 89, sobre los requisitos para la deducción del IVA crédito indica que, los egresos personales y familiares relativos a: alimentos y bebidas, aseo y belleza, vestimenta, capacitación, salud, vacaciones, medicamentos y seguro médico podrán ser deducidos.

Se mantiene, además, la deducción del 100 % del IVA crédito proveniente de la compra de bienes o servicios como: muebles, equipos, útiles y enseres de oficina, servidores, equipos informáticos en general, teléfonos, servicios de televisión, mantenimiento en general de oficinas, energía eléctrica y agua.

Igualmente, vehículos, seguro y mantenimiento de vehículos, maquinarias, pasajes, publicidad y marketing, subcontratación de servicios profesionales o personales y regalos empresariales.

En el caso de la adquisición de rodados, se podrá compensar hasta el 60 % del IVA crédito.

El proyecto vuelve a consideración del Senado, donde se había aprobado el proyecto de ley que busca incluir compras de los supermercados en la deducción del IVA, pero con un límite de hasta el 30%.