El intendente de Asunción, Óscar Rodríguez, confirmó este martes que no ordenará el cierre de ninguna estación de servicio, ya que no hay elementos para hacerlo.
Dos fallos emitió ayer la Corte Suprema de Justicia. Uno de ellos promovido por Cadipac (Cámara de Distribuidoras Paraguayas de Combustibles) y otro por Imperial Compañía Distribuidora de Petróleos y Derivados SA y Petroquim SA, sobre el artículo 10 de la ordenanza municipal, respecto la distancia mínima de 1.000 metros entre emblemas.
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“El primer fallo que sale en contra de Cadipac no toca el fondo de la cuestión, sino más bien rechaza de forma. El siguiente fallo sí toca el fondo de la cuestión y hace lugar a la inconstitucionalidad en donde claramente dice que por la libre competencia, que nuestra ordenanza, en donde nosotros mantenemos una distancia mínima, la Corte nos dice que es inconstitucional, ahí sí actúa de fondo y trata el fondo de la cuestión”, explicó Nenecho en entrevista con la 730 AM.
Agregó que, ambos accionaron contra el artículo 10, en uno, la Corte no le hace lugar porque no tratar de fondo, sino de forma, el segundo, que accionó individualmente, sí aborda el fondo y dice que el artículo 10 es inconstitucional por ir contra la libre competencia, insistió el intendente.
“En uno no hace lugar porque no tienen estaciones de servicio (Cadipac) y en otro sí, porque es representante de emblemas”, afirmó.
