En el Código Electoral se refiere puntualmente sobre el asunto que a las 17 horas en horario de verano y a las 16 horas en el horario de invierno, el presidente declarará cerrada la votación. Si estuvieren presentes en la fila electores que no hubiesen votado todavía, el presidente admitirá que lo hagan y no permitirá que voten otros que vayan llegando después.
De esta manera, en las elecciones presidenciales del domingo 30 de abril se podrá sufragar desde las 07:00 hasta las 16:00. Misma hora se aplicará en Argentina, Brasil y Estados Unidos, mientras en España se habilitará el horario de 10:00 a 20:00, para que los connacionales en el extranjero también puedan sufragar.
Otro aspecto importante es que las personas que tengan cédula vencida podrán votar en estas elecciones.
Una persona que llegue ebria al local de votación, no podrá ejercer el derecho al sufragio, o al menos, los miembros de mesa tendrán la potestad de impedírselo.
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